Subvenciones
SOFEJEA ofrece información y colabora en la tramitación de ayudas y subvenciones para empresarios y emprendedores en el ámbito local, regional, estatal y comunitario así como programas de la UE.
La Sociedad Municipal igualmente gestiona la tramitación de los convenios específicos para el fomento del empleo que el Ayuntamiento de Ejea tiene suscritos con diferentes empresas instaladas en el municipio. Asimismo, también cuenta con una nave industrial de su propiedad, donde se llegan a acuerdos con empresas para su instalación.
SUBVENCIONES MUNICIPALES
Concurso para nuevos emprendedores
“Monta tu Empresa”. Año 2026.
PLAZO DE PRESENTACIÓN. Hasta el 15 de julio de 2026, inclusive.
TIPOLOGÍA. Ayudas para la creación de microempresas con ubicación en Ejea de los Caballeros y Pueblos, que tengan como características la originalidad de la idea, los aspectos innovadores del proyecto empresarial y la viabilidad económica del mismo, haciendo especial hincapié en los jóvenes (menores de 35 años de edad), las mujeres, las personas con diversidad funcional, las personas desempleadas, los mayores de 45 años, los proyectos que lleven aparejadas acciones de I+D+i, los que se ubiquen en los Pueblos de Ejea de los Caballeros o en el Casco Histórico, y aquellos que fomenten la calidad en el empleo.
BENEFICIARIOS.Personas físicas y jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Los proyectos empresariales que se presenten deberán encajar en alguno de esto supuestos:
- Ideas de negocio.
- Proyecto puesto en marcha desde el 16 de julio de 2025.
- Proyecto preexistente al 16 de agosto de 2024, pero que vaya a ampliarse y que introduzcan alguna novedad sustancial basada en la originalidad e innovación del proyecto.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:
- Tres premios equivalentes consistentes cada uno de ellos en:
- 3.000 € brutos
- 1 stand de 12 m2 en la Feria Ejea del año 2027
- Consideración especial dentro del baremo para la admisión de proyectos en los espacios de alojamiento de personas emprendedoras (Incubadora de Empresas y Vivero de Empresas) promovidos por el Ayuntamiento de Ejea y gestionados por SOFEJEA.
- Acompañamiento técnico por parte de SOFEJEA en la puesta en marcha y durante el primer año de actividad del negocio
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo límite, a efectos del pago de la subvención, será el 2 de noviembre de 2026.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
- Plan de empresa (formato libre)
- Declaración responsable de no encontrarse en la casuística de negocio franquiciado (Anexo I).
- Copia fotocopia del NIF/NIE del solicitante.
- Certificado Censal de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- En caso de sociedades, escritura de constitución de la misma
- En su caso, modelo de representación para la realización de trámites ante el M. I. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Subvenciones al fomento de la actividad económica en el ámbito
del proyecto “Casco Histórico XXI. Año 2026.
PLAZO DE PRESENTACIÓN. Hasta el 3 de agosto de 2026 inclusive.
TIPOLOGÍA.Ayudas para el fomento de la actividad económica en el ámbito del Casco Histórico de Ejea de los Caballeros.
BENEFICIARIOS. Las personas físicas y jurídicas que implanten actividades en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES. Restaurantes, bares de tapeo, comercios de proximidad, comercio minorista, tiendas de artesanía, tiendas multiservicios, oficinas profesionales, sedes de asociaciones y entidades públicas y negocios relacionados con el turismo. Deberán reunir las condiciones de nueva creación, ampliación o traslado, ubicación en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros y apertura al público.
ACTIVIDADES EXCLUIDAS.Talleres de manufacturas, las sociedades y peñas gastronómicas privadas, bares de copas y discotecas.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. No podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables acreditados con el límite máximo de 4.500 € por solicitante.
PERIODO SUBVENCIONABLE. Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo límite, a efectos del pago de la misma, será el1 de octubre de 2026.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
A la solicitud (Anexo I) deberán acompañar la siguiente documentación:
- Memoria explicativa del negocio o actividad a realizar (Anexo II) acompañada del presupuesto.
- En su caso, modelo de autorización del poder de representación para actuar ante el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, si la persona que firma la solicitud no es el/la titular se trata de persona jurídica.
Subvenciones destinadas al apoyo de la actividad económica
y el fomento del empleo. Año 2026.
LÍNEA 1: Apoyo a la actividad económica y las inversiones productivas de las empresas.
PLAZO DE PRESENTACIÓN. Hasta el 22 de mayo de 2026 inclusive. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
TIPOLOGIA. Ayudas para la realización de determinadas inversiones y actividades relacionadas con la actividad empresarial.
BENEFICIARIOS. Personas de trabajo autónomo y microempresas que desarrollen en el municipio de Ejea de los Caballeros.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN.El 80% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de subvención a percibir de 1.000 € siendo necesaria una inversión mínima de 500 €
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Adquisición de inmuebles en el término municipal de Ejea de los Caballeros.
- Determinadas obras en edificios ubicados en el término municipal de Ejea de los Caballeros.
- Adquisición de mobiliario, instalaciones, herramientas, utillaje y vehículos eléctricos y/o híbridos que se dediquen exclusivamente a la actividad como elementos de transporte.
- Inversiones y gastos destinados a la adecuación, adaptación e instalación de medidas que faciliten la accesibilidad a personas con diversidad funcional
- Adquisición de equipos y/o tecnología que reduzcan las emisiones de CO2.
- Implantación de tecnologías para la digitalización que supongan una innovación sustancial en los procesos internos de la empresa. Quedan excluidos la creación de páginas web, la adquisición de equipos informáticos y de telecomunicaciones.
- Campañas de dinamización y gasto de participación en ferias realizadas en el municipio de Ejea de los Caballeros.
- Cursos de formación para la consolidación del proyecto o para la capacitación profesional de sus promotores o gestores.
- Adquisición de equipamiento industrial y equipos tecnológicos para la logística.
- Equipos e instalaciones para el ahorro energético y la incorporación de las energías renovables sostenibles a la actividad.
- Contratación de asistencias técnicas externas para la consecución de certificaciones ISO o de otro tipo de cualificación empresarial.
- Gastos e inversiones derivados de la implantación de Sistemas Informáticos de Facturación y VERIFACTU (quedan excluidas la creación de páginas web, la adquisición de equipos informáticos y de telecomunicaciones).
PERIODO SUBVENCIONABLE. Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo en el periodo comprendido entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo límite, a efectos del pago de la misma, será el 11 de septiembre de 2026.
LÍNEA 2: Ayudas a la creación de nuevas empresas
PLAZO DE PRESENTACIÓN.Hasta el 22 de mayo de 2026 inclusive. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
TIPOLOGIA. Ayudas de apoyo la actividad económica y las inversiones productivas de las empresas.
BENEFICIARIOS.Personas y microempresas de nueva creación que desarrollen su actividad en el municipio de Ejea de los Caballeros.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. El 80% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de subvención a percibir de 2.000 €.
GASTOS SUBVENCIONABLES: Aquellos que se hayan realizado necesariamente y exclusivamente para la creación y puesta en marcha de la actividad antes de la presentación de la solicitud. Serán gastos objeto de subvención los que a continuación se relacionan:
- Proyectos técnicos de obra.
- Asistencias técnicas para implantar soluciones tecnológicas innovadoras, medidas de ahorro y eficiencia energética, certificaciones de calidad empresarial y acciones de sostenibilidad medioambiental.
- Asistencias técnicas para realizar estudios de mercado.
- Cursos de formación para la consolidación del proyecto o para la capacitación profesional de sus promotores y/o gestores.
- Gastos de publicidad
- Seguro de responsabilidad civil del primer año de actividad de la empresa
- Gastos relacionados con el asesoramiento legal y empresarial derivado de la constitución de la empresa
- Gastos derivados del alta en suministros tales como agua, gas, luz y etcétera.
- Gastos derivados del alquiler de dependencias afectas a la actividad durante el periodo subvencionable. Este requisito se acreditará mediante certificado del Impuesto de Actividades Económicas, en el que conste que la actividad se desarrolla en el citado local.
- Impuestos y tasas que graven el inicio de la actividad y no sean susceptibles de recuperación o compensación
- Gastos de notaría y registro, relacionados con el inicio de la actividad
- Derechos de traspaso.
PERIODO SUBVENCIONABLE. Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo en el periodo comprendido entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo límite, a efectos del pago de la misma, será el 11 de septiembre de 2026.