Subvenciones

SOFEJEA ofrece información y colabora en la tramitación de ayudas y subvenciones para empresarios y emprendedores en el ámbito local, regional, estatal y comunitario así como programas de la UE.

La Sociedad Municipal igualmente gestiona la tramitación de los convenios específicos para el fomento del empleo que el Ayuntamiento de Ejea tiene suscritos con diferentes empresas instaladas en el municipio. Asimismo, también cuenta con una nave industrial de su propiedad, donde se llegan a acuerdos con empresas para su instalación.

SUBVENCIONES MUNICIPALES

Concurso para nuevos emprendedores
“Monta tu Empresa”. Año 2023.

PLAZO DE PRESENTACIÓN. Hasta el 27 de junio de 2023, inclusive.

TIPOLOGÍA. Ayudas para la creación de microempresas con ubicación en Ejea de los Caballeros y Pueblos, que tengan como características la originalidad de la idea, los aspectos innovadores del proyecto empresarial y la viabilidad económica del mismo, haciendo especial hincapié en los jóvenes (menores de 35 años de edad), las mujeres, las personas de diversidad funcional, las personad desempleadas, los mayores de 45 años, los proyectos que lleven aparejadas acciones I+D+I, los que se ubiquen en los Pueblos de Ejea de los Caballeros o en el Casco Histórico y aquellos que fomenten la calidad del empleo.

BENEFICIARIOS. Personas físicas y jurídicas que tengan plena capacidad de obrar y acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Los proyectos presentados deberán pertenecer a alguna de estas categorías:

  • Idea de negocio.
  • Proyecto puesto en marcha desde el 1 de julio de 2022.
  • Proyecto preexistente al 1 de julio de 2022, pero que vaya a ampliarse y que introduzcan alguna novedad sustancial basada en la originalidad e innovación del proyecto.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:

  • Cuatro premios equivalentes consistentes cada uno de ellos en:
    • 2.250 € brutos
    • 1 stand de 12 m2 en la Feria Ejea del año 2025
    • Consideración especial dentro del baremo para la admisión de proyectos en los espacios de alojamiento de personas emprendedoras promovidos por el Ayuntamiento de Ejea y gestionados por Sofejea.
    • Acompañamiento técnico por parte de Sofejea en la puesta en marcha y durante el primer año de actividad del negocio.


PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. – El plazo límite, a efectos del pago de la subvención, será el 2 de noviembre de 2023. 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  1. Plan de empresa (anexo II)
  2. Declaración responsable de no encontrarse en la casuística de negocio franquiciado. (Anexo I)
  1. Copia fotocopia del NIF/NIE DEL SOLICITANTE
  2. Certificado Censal de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  3. En caso de sociedades, escritura de constitución de la misma
  4. En su caso, modelo de representación para la realización de trámites ante el M.I. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros

Subvenciones al fomento de la actividad económica en el ámbito
del proyecto “Casco Histórico XXI. Año 2023.

PLAZO DE PRESENTACIÓN. Hasta el 4 de septiembre de 2023 inclusive.

TIPOLOGÍA. Ayudas para el fomento de la actividad económica en el ámbito del Casco Histórico de Ejea de los Caballeros.

BENEFICIARIOS. Las personas físicas y jurídicas que implanten actividades en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros. 

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES. Bares de tapeo, comercios de proximidad, comercio minorista, tiendas de artesanía, tiendas multiservicios, oficinas profesionales, sedes de asociaciones y entidades públicas y negocios relacionados con el turismo. Deberán reunir las condiciones de nueva creación ampliación o traslado, ubicación en el casco histórico de Ejea de los Caballeros y apertura al público.

ACTIVIDADES EXCLUIDAS. Talleres de manufacturas, las sociedades y peñas gastronómicas privadas, pubs, disco bares, bares de copas y discotecas.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. No podrá exceder del 50% de los gastos subvencionables acreditados, con el límite máximo de 3.000 € por solicitante. 

PERIODO SUBVENCIONABLE.Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo en el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023. 

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo límite, a efectos del pago de la misma, será el 15 de octubre de 2023. 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:  

A la solicitud (Anexo I) deberán acompañar la siguiente documentación:

  • Memoria explicativa del negocio o actividad a realizar (Anexo II) acompañada del presupuesto.
  • En su caso, modelo de autorización de poder de representación para actuar ante el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, si la persona que firma la solicitud no es el/la titular o se trata de persona jurídica.
  •  

Subvenciones destinadas al apoyo de la actividad económica
y el fomento del empleo. Año 2023.

LÍNEA 1: Apoyo a la actividad económica y las inversiones productivas de las empresas.

PLAZO DE PRESENTACIÓN.- Hasta el 16 de agosto de 2023 inclusive. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros

TIPOLOGIA. – Ayudas para la realización de determinadas inversiones y actividades relacionadas con la actividad empresarial.

BENEFICIARIOS. – Personas de trabajo autónomo, microempresas, y pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en el municipio de Ejea de los Caballeros.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. – El 80% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de subvención a percibir de 1.500 €, siendo necesaria una inversión mínima de 500 €.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • Adquisición de inmuebles.
  • Determinadas obras.
  • Adquisición de mobiliario, instalaciones, herramientas, utillaje y vehículos eléctricos y/o híbridos que se dediquen exclusivamente a la actividad como elementos de transporte.
  • Adquisición de equipos y/o tecnologías que reduzcan las emisiones de CO2.
  • Implantación de tecnologías para la digitalización que supongan una innovación sustancial en los procesos internos de la empresa. Quedan excluidas la creación de páginas web.
  • Campañas de dinamización.
  • Cursos de formación para la consolidación del proyecto o para la capacitación profesional de sus promotores o gestores.
  • Adquisición de equipamiento industrial y equipos tecnológicos para la logística.
  • Equipos e instalaciones para el ahorro energético y la incorporación de las energías renovables sostenibles a la activida

PERIODO SUBVENCIONABLE.- Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo en el periodo comprendido entre el 2 de septiembre de 2022 y el 1 de septiembre de 2023.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.-El plazo límite, a efectos del pago de la misma, será el 1 de octubre de 2023.

LÍNEA 2: Ayudas a la creación de nuevas empresas

PLAZO DE PRESENTACIÓN. Hasta el 16 de agosto de 2023 inclusive. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros

TIPOLOGIA. Ayudas de apoyo la actividad económica y las inversiones productivas de las empresas

BENEFICIARIOS. Personas de trabajo autónomo, microempresas, y pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en el municipio de Ejea de los Caballeros.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. El 80% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de subvención a percibir de 3.000 €.

GASTOS SUBVENCIONABLES: aquellos se hayan realizado necesariamente y exclusivamente para la creación y puesta en marcha de la actividad antes de la presentación de la solicitud. Serán gastos objeto de subvención los que a continuación se relacionan:

  • Proyectos técnicos de obra.
  • Asistencias técnicas para implantar soluciones tecnológicas innovadoras, medidas de ahorro y eficiencia energética, y acciones de sostenibilidad medioambiental.
  • Asistencias técnicas para realizar estudios de mercado.
  • Cursos de formación para la consolidación del proyecto o para la capacitación profesional de sus promotores y/o gestores.
  • Gastos de publicidad.
  • Seguro de responsabilidad civil del primer año de actividad de la empresa.
  • Gastos relacionados con el asesoramiento legal y empresarial derivado de la constitución de la empresa.
  • Gastos derivados del alta en suministros tales como agua, gas, luz, etcétera.
  • Gastos derivados de alquileres de dependencias afectas a la actividad durante el periodo subvencionable.
  • Impuestos o tasas que graven el inicio de la actividad y no sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • Gastos de notaría y registro, relacionados con el inicio de la actividad.
  • Derechos de traspaso

PERIODO SUBVENCIONABLE. Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo en el periodo comprendido entre el 2 de septiembre de 2022 y el 1 de septiembre de 2023.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo límite, a efectos del pago de la misma, será el 1 de octubre de 2023.

OTRAS AYUDAS Y SUBVENCIONES