El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros ha abierto nuevas convocatorias de subvenciones destinadas a apoyar la actividad económica, fomentar el empleo, impulsar la creación de nuevas empresas y favorecer la implantación de actividades en el Casco Histórico de la localidad.
Estas ayudas se articulan en diferentes líneas de apoyo dirigidas a personas autónomas, microempresas, nuevas iniciativas empresariales y actividades económicas que contribuyan a dinamizar el municipio y su tejido productivo. Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria.
Ayudas para el fomento de la actividad económica en el Casco Histórico
Una de las convocatorias está dirigida al fomento de la actividad económica en el ámbito del Casco Histórico de Ejea de los Caballeros. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 3 de agosto de 2026, inclusive.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que implanten actividades en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros. Entre las actividades subvencionables se incluyen restaurantes, bares de tapeo, comercios de proximidad, comercio minorista, tiendas de artesanía, tiendas multiservicios, oficinas profesionales, sedes de asociaciones y entidades públicas, así como negocios relacionados con el turismo.
Las actividades deberán reunir las condiciones de nueva creación, ampliación o traslado, estar ubicadas en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros y contar con apertura al público. Quedan excluidos de esta convocatoria los talleres de manufacturas, las sociedades y peñas gastronómicas privadas, los bares de copas y las discotecas.
El importe de la subvención no podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables acreditados, con un límite máximo de 4.500 euros por solicitante. Las actuaciones objeto de la subvención deberán llevarse a cabo entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, y el plazo límite de justificación, a efectos del pago de la ayuda, será el 1 de octubre de 2026.
A la solicitud, recogida en el Anexo I, deberá acompañarse una memoria explicativa del negocio o actividad a realizar, conforme al Anexo II, junto con el presupuesto. En su caso, también deberá aportarse el modelo de autorización del poder de representación para actuar ante el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros cuando la persona que firme la solicitud no sea la titular o se trate de una persona jurídica.
Apoyo a la actividad económica y a las inversiones productivas
Dentro de las subvenciones destinadas al apoyo de la actividad económica y el fomento del empleo en 2026, la Línea 1 está orientada al apoyo a la actividad económica y las inversiones productivas de las empresas. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 22 de mayo de 2026, inclusive, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Esta línea está dirigida a personas de trabajo autónomo y microempresas que desarrollen su actividad en el municipio de Ejea de los Caballeros. La ayuda cubrirá el 80% de los gastos subvencionables, con un importe máximo de subvención de 1.000 euros, siendo necesaria una inversión mínima de 500 euros.
Entre los gastos subvencionables se incluyen la adquisición de inmuebles en el término municipal, determinadas obras en edificios ubicados en Ejea de los Caballeros, la adquisición de mobiliario, instalaciones, herramientas, utillaje y vehículos eléctricos o híbridos destinados exclusivamente a la actividad, así como inversiones para mejorar la accesibilidad a personas con diversidad funcional.
También podrán subvencionarse la adquisición de equipos o tecnología que reduzcan las emisiones de CO₂, la implantación de tecnologías para la digitalización que supongan una innovación sustancial en los procesos internos de la empresa, campañas de dinamización y gastos de participación en ferias realizadas en el municipio, cursos de formación, equipamiento industrial y tecnológico para logística, instalaciones para el ahorro energético y la incorporación de energías renovables sostenibles, asistencias técnicas externas para certificaciones ISO u otras cualificaciones empresariales, y gastos e inversiones derivados de la implantación de Sistemas Informáticos de Facturación y VERIFACTU. En el caso de la digitalización y VERIFACTU, quedan excluidas la creación de páginas web y la adquisición de equipos informáticos y de telecomunicaciones.
Las actuaciones subvencionables deberán desarrollarse entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026. El plazo límite de justificación, a efectos del pago de la subvención, será el 11 de septiembre de 2026.
Ayudas a la creación de nuevas empresas
La Línea 2 de estas subvenciones está destinada a la creación de nuevas empresas. El plazo de presentación de solicitudes también permanecerá abierto hasta el 22 de mayo de 2026, inclusive, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Esta línea tiene como finalidad apoyar la actividad económica y las inversiones productivas de empresas de nueva creación. Podrán beneficiarse personas y microempresas de nueva creación que desarrollen su actividad en el municipio de Ejea de los Caballeros.
El importe de la subvención alcanzará el 80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 2.000 euros por beneficiario. Serán subvencionables aquellos gastos realizados necesaria y exclusivamente para la creación y puesta en marcha de la actividad.
Entre ellos se incluyen proyectos técnicos de obra, asistencias técnicas para implantar soluciones tecnológicas innovadoras, medidas de ahorro y eficiencia energética, certificaciones de calidad empresarial, acciones de sostenibilidad medioambiental, estudios de mercado, cursos de formación para la consolidación del proyecto o la capacitación profesional de sus promotores o gestores, gastos de publicidad, seguro de responsabilidad civil del primer año de actividad, asesoramiento legal y empresarial derivado de la constitución de la empresa, alta en suministros, alquiler de dependencias afectas a la actividad durante el periodo subvencionable, impuestos y tasas vinculados al inicio de la actividad que no sean susceptibles de recuperación o compensación, gastos de notaría y registro, y derechos de traspaso.
En esta línea, las actuaciones objeto de subvención deberán realizarse entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026. El plazo límite de justificación, a efectos del pago de la ayuda, será también el 11 de septiembre de 2026.
Con estas convocatorias, el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros refuerza su apoyo al tejido empresarial local, a la creación de nuevas actividades económicas y a la revitalización del Casco Histórico, contribuyendo al desarrollo económico, la generación de oportunidades y el impulso del empleo en el municipio.